martes, 29 de abril de 2008

EL DIA DE HOY Y NOSOTROS

A propósito del "Dia del Animal" cabe recordar que en la lucha constante porque se respeten los derechos de los mismos, desde el Cuerpo de Guarda Ambiente Honorario Municipal obtuvimos una conquista importante al lograr que la nueva Ordenanza que regula la situación de los animales en Córdoba (N° 11.006/06), incluyera en forma íntegra y sin restricciones, la "Declaración Universal de los Derechos del Animal", promulgada por la UNESCO en el año 1978, la cual en su punto 10.1 rechaza categóricamente "la explotación de animales para diversión del hombre" e instalando el concepto generalizado de la protección a la integridad y dignidad de aquéllos. La adhesión a dicha Declaración Universal por parte de una normativa local permitió que el año pasado la Municipalidad de Córdoba negara el permiso para instalarse en la ciudad al "Poderoso Circo Australiano" que utiliza en su espectáculos gran cantidad de animales exóticos entre los que se incluye un búfalo. Lo propio aconteció este año con el circo de los "Hnos. Servián" que al igual que el anterior arrastra un verdadero zoológico y que venía expulsado de la ciudad de Villa Carlos Paz, que cuenta entre su legislación un dispositivo igualmente prohibitivo.En el caso de este circo, que aún se encuentra en Córdoba, cabe destacar que le fue otorgada la autorización con la prohibición expresa de utilizar animales en su show.Al alcanzarse dicho logro por parte de nuestro grupo de voluntarios ambientalistas, el diario LA VOZ DEL INTERIOR publicó en la sección de opinión de los lectores, la siguiente carta de autoría de un miembro activo del Cuerpo de Guarda Ambiente Honorario Municipal: LA VOZ DEL INTERIOR - Circos sin animales. En la ciudad de Córdoba, el Concejo Deliberante ha sancionado recientemente la Ordenanza 11.006/06 que regula la situación de los animales en todo el ámbito de la capital. Dicho dispositivo legal, en su artículo 67, adhiere a la Declaración Universal de los Derechos del Animal, promulgada por la UNESCO en 1978, que en su parte pertinente dice: “No se ha de explotar a ningún animal para diversión del hombre” (10.1), afirmando seguidamente que “las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirven de ellos son incompatibles con la dignidad del animal” (10.2). Una correcta interpretación de la normativa de que se trata nos lleva a concluir que el Municipio de Córdoba, de ahora en más, no debe por caso autorizar la instalación, dentro del ejido de la ciudad, de circos que utilicen animales en sus espectáculos. Es importante destacar que con la nueva Ordenanza 11.006, la adhesión e incorporación aludida se ha realizado en forma integral y completa, sin exclusiones de ninguna naturaleza, a diferencia de lo había ocurrido con la derogada Ordenanza 9511 del año 1996, la cual si bien adhería a la Declaración, lo hacía en forma parcial, excluyendo los puntos 10.1 y 10.2, que esta vez aparecen taxativamente incluidos e incorporados a su texto, por lo que constituye derecho positivo y vigente. Así, a partir de la entrada en vigor de la ordenanza aludida, Córdoba se agrega a la lista de ciudades que han tomado la sabia decisión de no permitir el ingreso y/o instalación de circos que se valen de animales con fines de diversión y lucro. Miguel Tavarone.

No hay comentarios: